2 respuestas
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Kelly respondió: Particular
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Pedro respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días Kelly,
La modificación catastral ha de realizarse una vez obtenida la licencia de obra del Ayuntamiento o la presentación de la Declaración Responsable a dicho organismo.
Dicha presentación debe ser previa a la solicitud ante el Ayuntamiento de la Licencia de Primera Ocupación, a la cual es necesario aportar el registro de la modificación catastral ya presentada, además del Certificado Final de Obra visado por el Técnico y el libro del edificio.
Un cordial saludoKelly replicó:
ParticularEntonces, ¿no hay que esperar al fin de obra?