1 respuestas
-
Cerener respondió: Profesional de Certicalia
La medida que cuenta es la que tenga realmente el terreno (lo que se denomina "cuerpo cierto"), que puede ser distinta de la registral y de la catastral. Mi consejo es que previamente un técnico le haga un levantamiento topográfico, a ser posible en presencia de los colindantes. Después, con las dimensiones que le dé el técnico, puede iniciar un procedimiento de coordinación catastro-registro, presentando la Representación Gráfica Alternativa realizada por el técnico, y corregirán lo que sea incorrecto (catastro y/o registro).