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David respondió: Profesional de Certicalia
Toa obra que no cuenta con autorización administrativa, es "ilegal", a efectos urbanísticos (nivel administrativo). Eso no quita que pueda estar en situaciones de alegalidad, fuera de ordenación, etc. Esto no tiene nada que ver, ni con Catastro, ni con el Registro de la Propiedad.
El informe de la legalidad y de la posible legalización lo tendrá que pedir al ayuntamiento.
Si está ilegal pero prescrita, puede estar en Régimen de Fuera de Ordenación, o en el de Incumplimiento de Ordenanzas (solo se autorizarían en cadas caso ciertas obras; hay limitaciones).
Es un fallo bastante grande, adquirir una vivienda sin solicitar una Información Urbanística, o que le acrediten Licencia de Primera Ocupación. Se evitan estas sorpresas.