6 respuestas
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María Soledad respondió: Profesional de Certicalia
según comentas habrá que comprobarlo, puede que sea un fallo del registro, que no se ha actualizado
también puede ser que no esté legalizada, y para legalizarla, si es posible, habría que hacer un AFO o legalización de vivienda en asimilado de fuera de ordenación si cumple unas características... etc
Habría que comprobarlo y hacer consultas respectivas al ayuntamiento, registro etc
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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días, el hecho de que la construcción no esté aún en el catastro es porque no se ha actualizado aún. Por otra parte, aunque una construcción aparezca o no en el catastro, no es garantía de que la misma sea legal o ilegal (el catastro también recoge las construcciones ilegales). Le recomiendo que antes de comprar una parcela con construcciones se cerciore de que la misma está legalizada, y que el comprador le aporte la licencia de ocupación (puede no ser necesarias en viviendas muy antiguas), la inscripción en el registro etc. En caso de duda siempre contratar a un técnico para que haga todas las comprobaciones necesarias y le garantice la situación legal y urbanística de la construcción o le asesore sobre las posibilidades de legalización. Saludos.
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Antonio respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días Mercedes.
Referente a su consulta le explico lo siguiente. Generalmente suele haber muchas discrepancias entre la realidad física y los datos que muestra Catastro. Sería necesario conocer si dicha edificación aparece en la escritura notarial ya sea dentro de la parcela o existe una escritura de declaración de obra nueva. Si esta edificación existiese, lo único que habría que realizar sería una modificación catastral. En caso de que la edificación tampoco apareciera en la escritura sería necesario estudiar el asunto. Desconozco donde se ubica dicha edificación. En mi caso, estoy radicado en Andalucía. Aquí habría que ver la antigüedad de la misma. Si la edificación es anterior a 1975 ésta podría asimilarse a una vivienda con licencia. Si es posterior podría regularizarse siempre y cuando tuviera una antigüedad superior a 6 años y no se encuentre en un suelo especialmente protegido. En caso de que se encuentre en otra comunidad autónoma es conveniente a analizar la normativa relativa a edificaciones en suelo no urbanizable. Espero que le haya servido mi explicación. -
Francisco respondió: Profesional de Certicalia
Hola Mercedes, en principio si la vivienda no está vinculada al uso agrario y la parcela no tiene una superficie mínima (probablemente de hectáreas) la vivienda estaría fuera de ordenación y sería ilegal. Este sería solo uno de los aspectos sobre la presunta ilegalidad que puede presentar una vivienda.
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Bronson respondió: Profesional de Certicalia
Que no esté inscrita en el catastro no significa que sea ilegal, puede haberse hecho en regla y no haberse dado de alta, pero no es lo normal.
Es muy probable que la construcción sea reciente o con una antigüedad menos 5 años
Deberías saber si la vivienda está inscrita en el registro de la propiedad, podrás darle de alta en el catastro, realizando una alteración catastral, acreditando con la nota simple y un informe técnico o fotografías actualizadas de la construcción.
Espero haya sido de tu ayuda
Un saludo
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Juan Jesús respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días Mercedes. El hecho de que no aparezca en Catastro solo quiere decir que no está coordinada catastralmente, no que sea ilegal. La forma de saber la situación urbanística de la vivienda es a través de nota simple para conocer los datos registrales y en el ayuntamiento que corresponda para saber si tiene algún expediente abierto. En caso de no estar actualizados los datos registrales para vender la vivienda se deberá regularizar su situación o bien a través de proyecto de legalización o bien a través de informe SAFO según corresponda.
Un saludo.