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Carlos José respondió: Profesional de Certicalia
A los restaurantes les es de aplicación el DECRETO 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que resulta de aplicación el régimen de autorización administrativa previa.
la cual en su apartado 12. Espectáculos y actividades recreativas. punto 12.2.1. Restaurante: actividad que se realiza en un local que dispone de servicio de comedor y cocina con el fin de ofrecer comidas al público, consistentes básicamente en comidas y cenas, mediante precio, para ser consumidas en el mismo local.
Por lo tanto un restaurante es una actividad Clasificada sujeta a licencia municipal de apertura. Si para la implantación del negocio se realizan obras, también requerirá la correspondiente licencia de obra mayor u obra menor según fuese el caso.