2 respuestas
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Juan J. respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días: Si el inmueble está escriturado como local y no dispone de una cédúla de habitabilidad, habría que tramitar una licéncia de cambio de uso, tal como ha comentado el compañero. Sin embargo, si dispusiéramos de algún documento oficial que demuestre que een algún momento fué vivienda, como puede ser: certificación catastral, recibo del IBi, o se comprobara en el Registro de Cédulas de Habitabilidad que en algún momento dispuso de cédula de habitabilidad, entonces se podría conseguir una cédula de habitabilidad de segunda ocupación, que es un procedimiento mucho mas sencillo.
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David respondió: Profesional de Certicalia
Buenos dias.
Para hacer constar el immueble como vivienda en escrituras, hay que hacer un cambio de uso. Un arquitecto tiene que redactar proyecto, visarlo y pedir licencia al ayuntamiento de cambio de uso. Sin embargo, es recomendable consultar antes al ayuntamiento si el planeamiento urbanistico permite hacer el cambio, a veces no es posible.