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Alejandro E. respondió: Profesional de Certicalia
Vamos a ver, hay varias cosas que tiene que tener en cuenta:
1. Para segregar una parcela (A) de 4.367 m² en una de (A1) de 2.367 m² y otra de (A2) de 2.000 m² tiene que comprobar en el Ayuntamiento que la parcela mínima permitida en planeamiento sea de 2.000 m², que cumpla fachada mínima, etc.
2. La parcela A1, la edificada, además tendría que tener respecto a la A2, la distancia a linderos exigida en planeamiento, 5 m o lo que sea.
3. Si la parcela A de 4.367 m² ya consume la edificabilidad total (567,71 m²), de hacer la segregación, la parcela A2 no sería edificable. Si no lo consume en su totalidad en la parcela A2 solo se podría edificar lo no consumido, supongamos que en la A1 se han consumido 500 m², entonces en la A2 solo se podrían edificar 67,71 m² (567,7-500).
4. Le aconsejo que compruebe en el Ayuntamiento la superficie consumida por su vivienda, ya que hay superficies que puede que computen como sótanos o bajo cubiertas.
Espero haberle ayudado.
Un saludo.