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Francisco Javier respondió: Profesional de Certicalia
Tal como bien ha dicho ya Carlos Jose, sería necesario una segregación del terreno o finca matriz, solicitada en el Ayuntamiento correspondiente y acompañada de documentación técnica (que será distinta dependiendo del Ayuntamiento) donde se describa como mínimo la superficie de la finca matriz y de la finca a segregar, ubicada perfectamente sobre el vigente Plan General del Municipio con el fin de poder determinar por los técnicos, municipales la viabilidad de la segregación en base a la normativa urbanística y a los parámetros mínimos de superficie de suelo que éstas indiquen.
Sin embargo, si uno de los titulares no quisiera realizar dicha segregación, la misma no podría llevarse a cabo dado que el ayuntamiento requerira que la solicitud de segregación venga realizada por todos de los titulares del terreno. -
Carlos José respondió: Profesional de Certicalia
Se debe realizar una segregación de la parte a vender de la finca matriz o viceversa. Para ello se debe realizar una medición, memoria de segregación y solicitar licencia urbanística de segregación en Ayuntamiento, con la cual en notaría se escritura la finca segregada y se corrige la matriz con su nueva superficie. Posteriormente se corrige catastro y luego inscripción en el registro de la propiedad.