2 respuestas
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Ismael respondió: Profesional de Certicalia
Buenas tardes Marta,
La donación tiene un 99% de bonificación, o sea se paga el 1 % del importe que resulta. Hay que saber importe del inmueble. El cambio titular se hace en el acto.
Saludos -
Cerener respondió: Profesional de Certicalia
El donante debe tributar en IRPF por la diferencia entre el valor que compró y el que declare en la donación (que en general deberá ser el valor a efectos fiscales). El donatario (el que recibe el bien) debe tributar en impuesto de donaciones, cuyo importe es gradual en función del valor de los bienes recibidos y del grado de parentesco con el donante. En caso de donaciones de padres a hijos, en Andalucía están bonificadas en un 99%.