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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Para heredar una propiedad deben ir todos los coherederos al notario, y hacer, según el caso las escrituras de declaración de herederos, aceptación de herencia, inventario y adjudicación. Hay ligeras variaciones en los trámites en casos en los que el fallecido hizo testamento, así como en casos en los que hay herederos menores o incapacitados. Una vez realizadas las escrituras liquidan los impuestos (si han pasado más de 4 años puede estar exento de pago) se comunica el cambio de titularidad al catastro (este trámite lo puede hacer uno mismo, o encargárselo al notario, a un gestor o a un asesor). El resto de papeles (por ejemplo la comunidad de propietarios) los puede arreglar uno mismo llevando la escritura realizada, o contar con la ayuda de un gestor o asesor.
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Guillermo Pablo respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días. Si Vds. son herederos pero no tienen ningún documento ni han realizado todavía ninguna acción al respecto, lo primero que les aconsejo es conseguir un documento que les faculte como herederos. Este documento es el testamento de la persona fallecida y si no existe tal, entonces tendrán que comenzar la tramitación de la sucesión ab intestato, al final de la cual conseguirán el reconocimiento legal como herederos.
Una vez reconocidos como herederos, tendrán que aceptar la herencia.
Un saludo.