6 respuestas
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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Para no tener problemas con hacienda, el valor tiene que ser superior al establecido por la Generalitat en función del valor catastral y de ciertas características de la vivienda. Puede consultar este valor en la consejería de hacienda o a un asesor fiscal o gestor administrativo que le asesorará en toda la operación.
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Guillermo Pablo respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días:
Para comprar una vivienda, si Vd. no va a solicitar financiación y está de acuerdo con su precio, no necesita realizar una tasación.
El precio que vaya a escriturar deberá ser el de compra y para que no tenga problemas con su Comunidad Autónoma (Generalitat), ese precio deberá ser superior al que la Generalitat la valore. Para lo cual tiene dos opciones: la primera es hacer una consulta de valoración a dicho Organismo sobre esa vivienda concreta y la segunda sería consultarlo Vd. mismo con los mecanismos de valoración que ofrecen las Comunidades.
Un saludo. -
Juan Vicente respondió: Profesional de Certicalia
Respecto a la primera pregunta, puesto que no necesita un préstamo hipotecario, no es necesario realizar una Tasación de la Vivienda.
En cuanto a la siguiente cuestión, debe tener en cuenta que la Consejería de Hacienda y Modelo Económico de la Comunidad Valenciana, para establecer el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (10 %) considerará un valor de la Vivienda igual a su Valor Catastral multiplicado por un coeficiente, que depende del tipo de vivienda de que se trate y de su localización. Dichos coeficientes se publican anualmente y se pueden consultar, o bien puede preguntar al Notario.
No obstante, si el precio que usted va a pagar por la vivienda (supuestamente, valor de mercado) es inferior al valor que resulte de aplicar lo anterior, el impuesto que tendrá que pagar será superior al que le correspondería por el valor real de la transacción.
Así pues, tendremos dos supuestos:
1) Escriturar por el valor que dice la Consejería, de acuerdo al cálculo antedicho, y pagar los impuestos con dicho valor; con lo que no tendrá ningún problema.
2) Escriturar por el valor real y pagar los impuestos con dicho valor. En este caso, el Instituto Valenciano de Administración Tributaria le girará una liquidación por la diferencia entre lo pagado y lo que que debió pagar según su valoración.
Si usted considera que el valor estimado de acuerdo al valor catastral y la aplicación del coeficiente corrector establecido, no se ajusta al valor de mercado de la vivienda, puede contratar una Tasación (no hipotecaria) para estimar el Valor de Mercado de dicha Vivienda en el momento de la compraventa, de modo que, posteriormente, pueda efectuar la reclamación correspondiente ante dicha institución o, incluso, litigar en los tribunales, si fuera el caso.
Saludos.
Juan . Arquitecto. -
Inma respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días
Lo conveniente sería realizar una tasación para determinar el precio de mercado. En caso de que el precio acordado por compraventa fuera inferior al de tasación, se deberían de comprobar valores para evitar una complementaria de Hacienda. Saludos -
Miguel Angel respondió: Profesional de Certicalia
Hola solicita una valoración de la vivienda en Hacienda en la delegación de tu comunidad también lo puedes hacer a través de Internet y con la esa valoración Escrituras
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Adrián Ferrando Pérez respondió: Profesional de Certicalia
El problema es para el vendedor, que tendrá que pagar la Plusvalía del valor que ha aumentado (de los 24k a los 55k), pero a ti no te afecta más que al pago del ITP (10%)
Si no hay prestamo hipotecario no es necesario Tasación si ya se ha acordado un precio