1 respuestas
-
Xavier respondió: Profesional de Certicalia
Hola buenas,
lo mejor es preguntar al Ayuntamiento para ver que normas subsidiarias hay que seguir . Pero le informo que según el Reglamento de Baja Tension RD 842/2002 toda instalación con potencia mayor a 50 kW de carácter temporal o en emplazamientos abiertos , necesita de Proyecto eléctrico grupo B ( ITC-BT-04) . El cual estará redactado y firmado por técnico competente.
En el caso de que la potencia sea inferior a 50 kW el Reglamento nos dice que se necesita de un certificado con una memoria técnica de diseño (MTD) que normalmente se redactará sobre impresos , según modelo determinado por el órgano competente de su comunidad Autónoma , con el objeto de proporcionar los principales datos y características de diseño de la instalación. Esta memoria también incluirá un esquema unifilar de la instalación con los dispositivos de corte y protección , puntos de utilización y secciones de los conductores.