1 respuestas
-
Carlos respondió: Profesional de Certicalia
Hola Buenos días.
Los vendedores en la Comunidad de Madrid tienen que pagar:
Ayuntamiento IITNU (Impuesto sobre el Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana) Plusvalía municipal.
Se paga siempre que exista una transmisión de un inmueble, se paga por la porción de la transmisión y por el tiempo desde que se adquirió la parte.
Hacienda, IRPF. Hay que declarar el incremento de patrimonio, desde que se compró, lo que costó, menos lo que se puede desgravar de gastos pagados en la compra o venta. Ejemplo la factura de un agente inmobiliario,Este impuesto tiene un tipo fijo, en tres tramos dependiendo de lo ganado.
Si se ha tenido hipoteca, no es impuesto, es gasto, pero hay que hacer la cancelación registral de la hipoteca.
Espero haberle sabido explicar lo preguntado.