3 respuestas
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Margarita respondió: Profesional de Certicalia
buenos dias Daniel
el suplantar una vivienda por otra, quizas en otra epoca, ahora mismo con tanto sistema de informacion geografica, ortofoto etc etc es muy dificil tratar de "colarsela" a un tecnico, al catastro o al registro.
en relacion al acto de legalizacion de la construccion, dependera en primer lugar del tipo de suelo, hablando sencillamente si es urbano o es rustico, ahora seria urbano, consolidado o no, urbanizable, sectorizado o no, o no urbanizable, protegido o inadecuado.
en función a este dato, se deberán pedir permisos al ayuntamiento, a medio ambiente etc, y en función de este dato la construcción podrá ser una vivienda o una construcción asociada a la explotación, con un limite de metros y unos retranqueos a los linderos diferentes en función del uso.
Y finalmente suponiendo que pudiera ser vivienda deberá de cumplir, en primer lugar con la normativa urbanística, en segundo con el código técnico de la edificación, que en vivienda a efectos prácticos no habla de que la estructura sea correcta, y que la envolvente sea también la correcta, es decir unos aislamientos de mucho cuidado, y en tercer lugar y no menos importante todo lo referente a instalaciones, que con toda seguridad no cumplan con la normativa actual, que para eso la cambian cada "cuatro dias".
En definitiva el tema se debe analizar con más datos pero como poder si se puede.
Un saludo -
Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Depende del caso concreto sería legalizable. Habría que estudiar las características de la obra que se quemó y la nueva, así como las fechas de ambas.
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Oscar respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días Daniel.
Soy Oscar y suelo realizar legalizaciones de obras.
En primer lugar habría que realizar una visita de viabilidad técnica y urbanistica, es decir, habria que comprobar que la vivienda se ajusta a la ordenación o no. Entre los factores a comprobar estaria la edificabilidad de la parcela, la ocupación en planta, retranqueos, número de alturas, altura de cornisa, etc.
En el caso de que no cumpliera se deberían de hacer las obras pertinentes para ajustarse a dicha normativa ya que si no fuera así el ayuntamiento te podría obligar a restituir el estado anterior de la construcción.
Si todo ello estuviera correcto y acorde a la normativa se tendría que presentar un Proyecto de legalización de obras con su correspondiente certificado final de obras.
Con el certificado final de obras ya podría usted obtener la licencia de primera ocupación por parte del ayuntamiento.
Con la Licencia Municipal de Primera Ocupación, se procede ante notario, a escriturar la vivienda.
La escritura se inscribe, en el Registro de la Propiedad.
En resumen eso es lo que habría que hacer. Yo puedo realizar el estudio de viabilidad y posteriormente el proyecto, dirección de obra y los trámites necesarios. Si lo desea puede contactar conmigo a través de mi ficha de Certicalia. Se puede informar, además, en la junta municipal de distrito pidiendo cita con un informador urbanístico. Espero haber servido de ayuda. Saludos.