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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
En Andalucía existe unos coeficientes en función de cada municipio que, multiplicados por el valor catastral, indican el precio mínimo de venta. En caso ser inferior a ese valor mínimo hacienda realizara´una comprobación de valor de forma prioritaria y deberá demostrar el valor real por otros medios (tasación contradictoria, etc.).
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La venta de vivienda de vivienda tributa en IRPF por la diferencia entre el precio de venta y el de compra (incremento patrimonial) y además está sujeto a la llamada plusvalía municipal (que depende del municipio y del número de años que posea la vivienda). El comprador deberá pagar el impuesto de transmisiones. Los gastos de notario y registro se pactan líbremente entre comprador y vendedor (En general se pacta que los pague el comprador).
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