3 respuestas
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Estudio Abstrac respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días,
según su explicación se trataría, en principio, de la ocupación de un espacio libre de parcela, no permitido por el PGOUM.
Cabe la posibilidad de que se trate, por otra parte, de una infracción urbanística prescrita cuya solicitud de prescripción se puede solicitar y consecuentemente "utilizar" dicho espacio con obras únicamente de conservación. -
Antonio respondió: Profesional de Certicalia
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Mª Soledad respondió: Profesional de Certicalia
en las escrituras viene lo que está la parte de finca que está construida y la parte que no, se pide la nota simple en el registro. en caso de que los metros construidos sean menos que los que hay actualmente es que una parte de la obra no está legalizada.
los preguntas en el ayuntamiento y ellos te indican los que deberías de hacer para legalizarlo.
En estos casos lo que te suelen pedir es una memoria técnica realizada por un ingeniero o un arquitecto, con la certificación final, y presentarlo en el ayuntamiento, y pagar las tasas correspondientes a esa parte si te lo piden.
Espero que le haya servido mi información. Un saludo.