1 respuestas
-
Antonio López Gallego. Abogado respondió: Particular
José, con la información que das en tu consulta, efectivamente todo apunta a que le corresponde a la comunidad porque la terraza es elemento común; es posible que, aunque sea elemento común, por división de la propiedad horizontal o estatutos, te corresponda el uso privativo tuyo. En ese caso, a ti te correspondería el mantenimiento; si las grietas tienen su origen en elementos más profundos que se pueden considerar de estructura y no son imputables a falta de mantenimiento, le corresponde a la comunidad. Para una respuesta más afinada necesitaría ver el parte o informe que haya hecho tu compañía de seguro y saber si los estatutos de la comunidad o la descripción de la finca en la escritura dicen algo sobre el uso privativo de la terraza, y qué dicen.
Antonio López Gallego. Abogado