Reforma de fachada

El 10-10 -16 se aprobó en junta de vecinos realizar un proyecto de reforma de fachada.
La mayoría de los asistentes dijo que sí pero en el libro de actas nadie firmó nada.
Nosotras vendimos el piso poco después, advirtiendo a los nuevos propietarios de la intención de los vecinos, por lo que les dijimos que si la obra de la reforma de la fachada se realizaba antes de fin de año del 2017 les pagaríamos el 50 por ciento de los gastos.
Hace poco han vuelto a tener una reunión en la que la administradora de fincas les dijo que nosotras estábamos obligadas a pagar el arreglo.
Aunque hoy en día todavía no se ha hablado de dinero pues no han escogido ningún presupuesto.
¿Estamos obligadas o no?

Idoya preguntó sobre Comunidad de propietarios Pregunta desde: Bizkaia

Fecha: 30/09/2017

Responder a Idoya >

1 respuestas

  • Cerener respondió: Profesional de Certicalia

    Estarán ustedes obligadas si en las actas de la comunidad figura con fecha anterior a la venta, no solo la decisión de hacerla, sino la fecha de abonar la cuota extraordinaria correspondiente.
    Si a fecha de venta, solo se tenía una declaración de intenciones, pero no había un presupuesto y la derrama correspondiente aprobados, no debe pagarla el vendedor, sino el nuevo propietario en el momento en que se establezca la cuota.

    Deja tu opinión

    Cerrar

Deja tu opinión

  1. 1
  2. 2

¿Necesitas un Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios?

Cuéntanos qué necesitas y recibe presupuesto de profesionales de tu zona

Pide precio gratis

Rápido y sin compromiso

Consigue trabajos hoy con Certicalia

Recibe nuevos clientes que buscan profesionales como tú y ofertas para realizar trabajos.

Comienza ahora