2 respuestas
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Emilio respondió: Profesional de Certicalia
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Ataulf respondió: Profesional de Certicalia
Hola Ricardo. En lo que expones hay varios temas diferenciados, por un lado la Ley de la Propiedad Horizontal, y por otro la legislación urbanística.
Para que una obra sea legalizable ha de cumplir con la legalidad vigente, es decir, con la ordenación urbanística. si es el caso, el trámite de legalización se realiza ante el Ayuntamiento y será más o menos complejo en función del elemento a legalizar y el momento en que se ejecutó.
Respecto el hecho que la piscina se ubique en un espacio comunitario, independientemente de que tenga un uso privativo, es necesaria la conformidad del conjunto de co-propietarios. Dado que supongo que cada uno de ellos dispone de su parcela privativa de jardín, no debería haber inconveniente a ello.