1 respuestas
-
Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Existen tantas fincas como inscripciones en el registro. Si solo existe una finca registral, es necesario segregar, pero si por el contrario existen diversas fincas registrales, siempre se pueden sencillamente repartir y adjudicar cada finca a un propietario sin necesidad de partir cada una en trozos más pequeños.
También en ocasiones solo existe una finca registral, pero la componen varias fincas catastrales. En este caso se podría recurrir a la "división material", que es ligeramente distinto a la segregación (y con coste inferior).
Al reparto del lote de fincas entre los copropietarios del proindiviso se le llama "disolución de comunidad" o "disolución del proindiviso", de modo que a cada uno se le adjudica (individual mente o compartida con otros) la titularidad de determinadas fincas en pago de la cuota que le corresponde.
Cuando existe un lote de fincas para repartir entre varios copropietarios es habitual encargar a un ingeniero agrícola que elabore lotes de fincas con valor y características similares, de modo que se puedan repartir equitativamente. Si es necesario segregar las fincas para conseguir esos lotes homogéneos, el ingeniero propondrá esas segregaciones y redactará los documentos necesarios. Si necesita ayuda en este sentido puede ponerse en contacto con nosotros a través del perfil de nuestra empresa en Certicalia, y le daremos presupuesto.