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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
El procedimiento correcto en una segregación es contar con los planos de un técnico que indique exáctamente la superficie construida y útil , tanto de la finca matriz, como de cada uno de los dos elementos segregados. Si la diferencia es menor al 5% (o del 10% si es la que consta en el catastro) es muy sencilla la inscripción del exceso de superficie. Si es superior a esos porcentajes, hay que iniciar un proceso más complejo de exceso de cabida. De todos modos revise que en todos los casos está hablando de superficie útil y no construída. El dato más importante de la inscripción es la superficie construída (superficie entre muros linderos de la casa, incluída la parte proporcional de elementos comunes), ya que las reformas interiores (quitar tabiques, hacer armarios empotrados,etc.) pueden modificar la superficie útil.