2 respuestas
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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Buenas tardes. En general el ITP se liquida por el valor de compra, sin embargo hay que tener en cuenta otros datos. Así, si el valor de compra es inferior al valor mínimo a efectos fiscales establecido por la Agencia Tributaria de Cataluña, la operación se clasificará como de "comprobación fiscal prioritaria", por lo que la administración hará una comprobación de valores pericial que, en caso de ser superior al valor de compra, supondrá una liquidación de impuestos adicional. El valor mínimo a efectos fiscales se obtiene de multiplicar el valor catastral por unos determinados coeficientes publicados anualmente para cada municipio.
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Miguel Angel respondió: Profesional de Certicalia
Hola, el impuesto de transmisiones es en función del precio final de compra-venta (el que figura en el contrato ante notario), y
decirte que por lo general (salvo errores) el valor catastral esta siempre por debajo del real de mercado.Saludos