Reversión de la expropiación
en Castilla y León
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¿Cómo obtener el reversión de la expropiación en Castilla y León?
El primer paso es contratar un técnico con experiencia en casos de expropiaciones en Castilla y León. Este profesional revisará toda la documentación relacionada con la expropiación, incluyendo las actas y los decretos emitidos por las autoridades. Luego, analizará si se han cumplido las condiciones establecidas para la expropiación y si el bien expropiado ha sido utilizado conforme al propósito declarado.
Una vez recopilada toda la información necesaria, el técnico preparará un informe detallado. Este informe será fundamental para presentar la solicitud de reversión ante las autoridades competentes. Es vital que toda la documentación esté en regla y se presenten pruebas sólidas que demuestren el incumplimiento por parte de la administración.
Finalmente, el técnico acompañará al propietario durante todo el proceso, asegurando que se sigan todos los procedimientos legales y, en su caso, representándolo en las instancias necesarias. Con un profesional a tu lado, aumentarás las posibilidades de éxito para recuperar tu propiedad expropiada en Castilla y León.
¿Cuánto cuesta realizar la reversión de la expropiación en Castilla y León?
Se han solicitado 8 presupuestos de reversión de la expropiación en la comunidad autónoma de Castilla y León . El precio mínimo son 300€ y el precio máximo son 900€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Reversión de la expropiación con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre reversión de la expropiación? Nosotros te las resolvemos
- Se hubiere producido un exceso de expropiación y no hubieran pasado 20 años desde la expropiación.
- Hubieran pasado 5 años desde la expropiación sin iniciarse la ejecución de la obra o la implantación del servicio.
- La ejecución de la obra estuvieran suspendidas por más de 2 años por causas imputables a la Administración sin que existiera intención de retomarlas.