Contrato de arras
en Castilla y León
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¿Cómo obtener el contrato de arras en Castilla y León?
Para comenzar, es fundamental que tanto el comprador como el vendedor lleguen a un acuerdo sobre las condiciones de la venta: precio, plazos, características de la propiedad, etc. Una vez acordadas, es aconsejable acudir a un abogado o asesor inmobiliario que ayude en la redacción del contrato de arras, garantizando que se respetan todas las normativas vigentes y que se protegen los derechos de ambas partes.
El contrato debe incluir, como mínimo, la identificación de las partes, la descripción completa del inmueble, el precio acordado de la venta, la cantidad entregada como señal, la forma y plazo para la consumación de la venta, así como las consecuencias en caso de incumplimiento de alguna de las partes.
Después de redactar el contrato, ambas partes lo firmarán y el comprador entregará al vendedor el importe acordado como señal, siendo usualmente un porcentaje del precio de la venta. Este acto no requiere de una forma específica, pero es comúnmente realizado ante un notario, para así otorgarle una mayor seguridad jurídica al acuerdo.
Respecto al registro del contrato, aunque el contrato de arras en sí mismo no es un documento que se inscribe en el Registro de la Propiedad, su existencia y las condiciones pactadas tienen relevancia en la preparación de la escritura pública definitiva de compraventa. Es recomendable que, una vez firmado el contrato de arras, se acuda a un notario para elevarlo a público y proceder posteriormente con la escritura de compraventa, que sí será inscrita en el Registro de la Propiedad correspondiente en la comunidad de Castilla y León, garantizando la protección de los derechos de propiedad del comprador y siendo el paso final y determinante en el proceso de compra del inmueble.
¿Cuánto cuesta realizar la contrato de arras en Castilla y León?
Se han solicitado 14 presupuestos de contrato de arras en la comunidad autónoma de Castilla y León . El precio mínimo son 90€ y el precio máximo son 600€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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