Segregación de finca rústica
en el municipio de Gijón/Xixón
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¿Cómo obtener la segregación de parcela rústica en Gijón/Xixón?
El siguiente paso es presentar la documentación requerida ante el Ayuntamiento de Gijón/Xixón. El técnico se encargará de preparar todos los planos y documentos técnicos necesarios, asegurándose de que todo esté en orden para evitar retrasos y posibles inconvenientes.
Una vez presentada la documentación, el Ayuntamiento revisará el expediente y emitirá una resolución. Aquí, el papel del técnico es vital, ya que estará pendiente del estado del trámite, solucionando cualquier incidencia que pueda surgir para asegurar que todo el proceso se lleva a cabo de manera eficaz.
Finalmente, con la resolución favorable del Ayuntamiento, es necesario inscribir la segregación en el Registro de la Propiedad. El técnico también podrá asesorarte en este último paso, garantizando que la segregación de tu finca rústica en Gijón/Xixón se realice de manera correcta y exitosa.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de finca rústica en el municipio de Gijón/Xixón?
Se han solicitado 6 presupuestos de segregación de finca rústica en el municipio de Gijón/Xixón . El precio mínimo son 400€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Segregación de finca rústica con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
y obtén el mejor precio.
· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de finca rústica? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias