Constitución de comunidad de propietarios
en Alicante
- Home
- Constitución de comunidad de propietarios
- Comunidad Valenciana
- Constitución de comunidad de propietarios en la comunidad de Comunidad Valenciana
¿Cómo obtener el constitución de comunidad de propietarios en Alicante?
En primer lugar, se debe identificar claramente el motivo de la reclamación. Esto puede ser por defectos en servicios comunes, problemas con empresas proveedoras, discrepancias con decisiones de la junta de propietarios o cualquier otro asunto que afecte a la comunidad.
Una vez identificado el motivo, es importante convocar una reunión con la junta de propietarios o con el administrador de fincas para discutir el asunto. En esa reunión, se debe presentar la reclamación de manera detallada, proporcionando toda la documentación o evidencia que sustente la queja.
Si se decide llevar adelante la reclamación, es crucial que se elabore un acta donde se registren las decisiones tomadas en la reunión y que esta sea firmada por todos los asistentes. En caso de requerir acción legal, se debe notificar y mandatar a un abogado que se especialice en derecho inmobiliario o en la Ley de Propiedad Horizontal, de modo que pueda representar a la comunidad en cualquier procedimiento judicial si fuera necesario.
Además, es posible que sea necesario presentar la reclamación ante el Colegio de Administradores de Fincas de Alicante si se trata de una queja contra el administrador de la propiedad.
Es crucial mantener una comunicación fluida y constante con todos los propietarios, para asegurarse de que están informados sobre el progreso de la reclamación y sobre cualquier decisión importante que se tome al respecto.
Finalmente, todas las acciones y comunicaciones deben quedar debidamente registradas y archivadas. Esto incluye correspondencia, actas de reuniones y cualquier otra documentación relevante. La meticulosidad y el seguimiento adecuado son esenciales para obtener una resolución satisfactoria de cualquier reclamación presentada por la comunidad de propietarios.
¿Cuánto cuesta realizar la constitución de comunidad de propietarios en Alicante?
Se han solicitado 43 presupuestos de constitución de comunidad de propietarios en Alicante . El precio mínimo son 100€ y el precio máximo son 300€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Constitución de comunidad de propietarios con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
y obtén el mejor precio.
· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre constitución de comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- La comunicación de la convocatoria de la junta para constituir la comunidad.
- La celebración de la Junta de Constitución de la Comunidad donde se expresará que se constituyen en comunidad.
- El nombramiento de los cargos de presidente, vicepresidente y administrador.
- Adquisición y diligencia del Libro de Actas.
- Obtención del Código de Identificación Fiscal (CIF).
- Obtención de la documentación del promotor o constructor.
- Descripción del edificio en su conjunto.
- Descripción de cada vivienda o local.
- Cuota de participación de cada vivienda o local.
- Determinación de la cuota de participación de cada vivienda o local, la cual se determinará a partir de la superficie útil de cada vivienda o local en relación con el total del edificio, el emplazamiento interior o exterior, la situación dentro del edificio.
- El uso y destino del edificio, de cada uno de los pisos o locales y de las instalaciones y servicios comunes.
- La distribución de los gastos comunes.
- La administración y gobierno de la Comunidad.
- Las normas sobre seguros, conservación y reparación del edificio.
- Los estatutos solo obligaran a los propietarios inscritos en el Registro de la Propiedad.
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.