Constitución de comunidad de propietarios
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¿Cómo obtener el constitución de comunidad de propietarios en Aragón?
Una vez identificado el problema, es fundamental comunicarlo formalmente al presidente de la comunidad o al administrador de fincas, si lo hubiera. Esta comunicación debe hacerse por escrito, detallando la naturaleza de la queja y las acciones que se consideran necesarias para resolverla. Es recomendable enviar esta comunicación mediante un método que proporcione un acuse de recibo, como un burofax o correo certificado.
En caso de que no se obtenga respuesta o la respuesta no sea satisfactoria, se puede convocar una junta extraordinaria de propietarios para tratar el asunto. Para ello, es necesario reunir las firmas de un porcentaje mínimo de propietarios que los estatutos de la comunidad estipulen o, en su defecto, como lo señala la Ley de Propiedad Horizontal.
Si la junta no resuelve la reclamación, la opción siguiente sería la mediación. En Aragón, existe un servicio de mediación para conflictos en comunidades de propietarios que puede ayudar a llegar a un acuerdo amistoso.
Finalmente, si ninguna de estas instancias da solución al problema, se pueden tomar medidas legales. Para ello, se debería consultar con un abogado especializado en propiedad horizontal que pueda asesorar sobre los pasos a seguir para presentar una demanda ante los tribunales. Es fundamental tener en cuenta que la legislación puede variar y es importante estar al corriente de las normativas específicas de Aragón y de las actualizaciones de la Ley de Propiedad Horizontal.
¿Cuánto cuesta realizar la constitución de comunidad de propietarios en Aragón?
Se han solicitado 28 presupuestos de constitución de comunidad de propietarios en la comunidad autónoma de Aragón . El precio mínimo son 100€ y el precio máximo son 300€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Constitución de comunidad de propietarios con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre constitución de comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- La comunicación de la convocatoria de la junta para constituir la comunidad.
- La celebración de la Junta de Constitución de la Comunidad donde se expresará que se constituyen en comunidad.
- El nombramiento de los cargos de presidente, vicepresidente y administrador.
- Adquisición y diligencia del Libro de Actas.
- Obtención del Código de Identificación Fiscal (CIF).
- Obtención de la documentación del promotor o constructor.
- Descripción del edificio en su conjunto.
- Descripción de cada vivienda o local.
- Cuota de participación de cada vivienda o local.
- Determinación de la cuota de participación de cada vivienda o local, la cual se determinará a partir de la superficie útil de cada vivienda o local en relación con el total del edificio, el emplazamiento interior o exterior, la situación dentro del edificio.
- El uso y destino del edificio, de cada uno de los pisos o locales y de las instalaciones y servicios comunes.
- La distribución de los gastos comunes.
- La administración y gobierno de la Comunidad.
- Las normas sobre seguros, conservación y reparación del edificio.
- Los estatutos solo obligaran a los propietarios inscritos en el Registro de la Propiedad.
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.