Constitución de comunidad de propietarios
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¿Cómo obtener el constitución de comunidad de propietarios en Huesca?
Primeramente, debes identificar claramente el motivo de tu reclamación, que puede estar relacionado con defectos en las zonas comunes, problemas de ruido, discrepancias en las cuotas de la comunidad o cualquier otro asunto que afecte los intereses colectivos o individuales dentro de la comunidad.
Una vez identificado el problema, es aconsejable intentar resolverlo de manera amistosa hablando directamente con la persona o personas involucradas. Si esto no es posible, o no se llega a una solución satisfactoria, debes llevar el asunto ante el presidente de la comunidad o el administrador de fincas, si lo hubiere, presentando una queja formal por escrito y solicitando que se incluya el punto en el orden del día para la próxima reunión de la Junta de Propietarios.
Es esencial que el escrito refleje claramente los detalles de la queja, adjuntando toda la evidencia necesaria como fotos, grabaciones o testimonios. La Junta deberá discutir la reclamación en su siguiente reunión y tomar una decisión al respecto. Asegúrate de obtener una copia de las actas en las que se refleje lo discutido y lo acordado.
Si la respuesta de la Junta no es satisfactoria, puedes solicitar la mediación de un organismo competente o recurrir a la vía judicial. Para esto último, sería prudente buscar el asesoramiento de un abogado especializado en propiedad horizontal que te guiará en los pasos a seguir, lo que podría incluir la presentación de la reclamación ante los tribunales competentes de Huesca para que un juez tome una decisión al respecto.
Recuerda que cualquier acción legal debe estar fundamentada en la legislación vigente, particularmente en la Ley de Propiedad Horizontal y otros estatutos relevantes que regulan este tipo de materias.
¿Cuánto cuesta realizar la constitución de comunidad de propietarios en Huesca?
Se han solicitado 14 presupuestos de constitución de comunidad de propietarios en Huesca . El precio mínimo son 100€ y el precio máximo son 300€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre constitución de comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- La comunicación de la convocatoria de la junta para constituir la comunidad.
- La celebración de la Junta de Constitución de la Comunidad donde se expresará que se constituyen en comunidad.
- El nombramiento de los cargos de presidente, vicepresidente y administrador.
- Adquisición y diligencia del Libro de Actas.
- Obtención del Código de Identificación Fiscal (CIF).
- Obtención de la documentación del promotor o constructor.
- Descripción del edificio en su conjunto.
- Descripción de cada vivienda o local.
- Cuota de participación de cada vivienda o local.
- Determinación de la cuota de participación de cada vivienda o local, la cual se determinará a partir de la superficie útil de cada vivienda o local en relación con el total del edificio, el emplazamiento interior o exterior, la situación dentro del edificio.
- El uso y destino del edificio, de cada uno de los pisos o locales y de las instalaciones y servicios comunes.
- La distribución de los gastos comunes.
- La administración y gobierno de la Comunidad.
- Las normas sobre seguros, conservación y reparación del edificio.
- Los estatutos solo obligaran a los propietarios inscritos en el Registro de la Propiedad.
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.