Constitución de comunidad de propietarios
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¿Cómo obtener el constitución de comunidad de propietarios en Extremadura?
Una vez identificado el problema, se recomienda iniciar el proceso con una comunicación escrita dirigida al presidente o administrador de la comunidad, exponiendo de forma clara y concisa el asunto a reclamar. En esta comunicación, se debe incluir toda la información y documentación que respalde la reclamación, además de solicitar una respuesta o una solución en un plazo razonable.
Si la primera instancia no resulta efectiva, el paso siguiente sería solicitar la inclusión del tema en el orden del día de la próxima junta general de propietarios. Para ello, se debe seguir el procedimiento establecido en los estatutos de la comunidad, como puede ser la presentación de una solicitud por escrito al presidente con una antelación mínima, que suele ser de 30 días.
Durante la junta, se deberá presentar la reclamación y discutirla con el resto de propietarios para intentar alcanzar un acuerdo. Las decisiones de la junta se toman por mayoría y, si se aprueban medidas para atender la reclamación, la comunidad está obligada a ejecutarlas.
En el caso de que la situación no se resuelva en la junta general, o si la junta no toma medidas adecuadas, el interesado puede optar por llevar el caso a la vía judicial. Para ello, sería aconsejable buscar la asistencia de un abogado especializado en propiedad horizontal que pueda orientar sobre los pasos a seguir y representar al reclamante ante el tribunal correspondiente.
Es fundamental tener presente que, en todo proceso de reclamación, se deben respetar los derechos de todas las partes y agotar los caminos de mediación y diálogo antes de proceder a acciones legales. Además, es importante estar al día con las obligaciones propias como propietario para que la reclamación tenga validez y fuerza dentro de la comunidad y ante un posible proceso legal.
¿Cuánto cuesta realizar la constitución de comunidad de propietarios en Extremadura?
Se han solicitado 6 presupuestos de constitución de comunidad de propietarios en la comunidad autónoma de Extremadura . El precio mínimo son 100€ y el precio máximo son 300€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre constitución de comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- La comunicación de la convocatoria de la junta para constituir la comunidad.
- La celebración de la Junta de Constitución de la Comunidad donde se expresará que se constituyen en comunidad.
- El nombramiento de los cargos de presidente, vicepresidente y administrador.
- Adquisición y diligencia del Libro de Actas.
- Obtención del Código de Identificación Fiscal (CIF).
- Obtención de la documentación del promotor o constructor.
- Descripción del edificio en su conjunto.
- Descripción de cada vivienda o local.
- Cuota de participación de cada vivienda o local.
- Determinación de la cuota de participación de cada vivienda o local, la cual se determinará a partir de la superficie útil de cada vivienda o local en relación con el total del edificio, el emplazamiento interior o exterior, la situación dentro del edificio.
- El uso y destino del edificio, de cada uno de los pisos o locales y de las instalaciones y servicios comunes.
- La distribución de los gastos comunes.
- La administración y gobierno de la Comunidad.
- Las normas sobre seguros, conservación y reparación del edificio.
- Los estatutos solo obligaran a los propietarios inscritos en el Registro de la Propiedad.
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.