Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios
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¿Cómo obtener el impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Ciudad Real?
Para comenzar, es fundamental que el propietario haya expresado su disconformidad con el acuerdo en el momento de la votación, salvo que no estuviera presente por cualquier razón en la Junta, en cuyo caso podría impugnar cualquier acuerdo que haya sido adoptado. Según la ley, el propietario disconforme tiene un plazo de tres meses desde la adopción del acuerdo para impugnarlo, o un año si el acuerdo es contrario a la ley o a los estatutos.
La impugnación debe plantearse ante los tribunales de primera instancia de la provincia, en este caso, de Ciudad Real. Para ello, es recomendable acudir a un abogado especializado en propiedad horizontal que pueda asesorar sobre la viabilidad y el proceso de impugnación. Es necesario presentar una demanda en la que se especifiquen los motivos de la impugnación y se aporten todas las pruebas pertinentes, como actas de la Junta o cualquier otro documento que pueda soportar el caso.
Además, hay que considerar que para que la impugnación sea admitida a trámite, se debe estar al corriente de pago de todas las deudas vencidas con la comunidad o consignar las cantidades debidas. Una vez presentada la demanda, el proceso seguirá los trámites judiciales correspondientes, donde se escucharán a todas las partes involucradas antes de que se dicte sentencia.
En resumen, impugnar un acuerdo de una comunidad de propietarios en Ciudad Real implica un proceso judicial que debe iniciarse dentro de los plazos legales y con la representación adecuada para garantizar el cumplimiento de los requisitos procesales y ofrecer las máximas posibilidades de éxito.
¿Cuánto cuesta realizar la impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Ciudad Real?
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- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.