Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios
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¿Cómo obtener el impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Málaga?
En primer lugar, se debe tener en cuenta que no cualquier propietario tiene derecho a impugnar acuerdos. Para hacerlo, se debe estar al corriente de pago de todas las deudas vencidas con la comunidad o haber consignado judicialmente o notarialmente la cantidad adeudada.
Los acuerdos que pueden ser impugnados son aquellos que resulten contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad, aquellos que resulten perjudiciales para la comunidad en beneficio de uno o varios propietarios, y los que supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación legal de soportarlo o que se hayan adoptado con abuso de derecho.
Una vez identificado el acuerdo como impugnable, el propietario dispondrá de un plazo de tres meses desde la adopción del acuerdo por la Junta de Propietarios para impugnarlo judicialmente, si el acuerdo no es contrario a la ley o a los estatutos, y de un año si es contrario a los mismos.
El siguiente paso es presentar la demanda ante el juzgado de primera instancia del lugar en el que se encuentre la finca. La demanda debe dirigirse contra la comunidad de propietarios y se recomienda que sea preparada y presentada por un abogado, dado que el procedimiento puede tener ciertas complejidades legales.
Es también recomendable que desde el principio se busque un diálogo con la comunidad o con aquellos que pudieran estar afectados para encontrar una solución amistosa antes de acudir a la vía judicial.
En conclusión, impugnar acuerdos en una comunidad de propietarios en Málaga requiere atenerse a los plazos legales y seguir el procedimiento establecido en la LPH, recomendándose la asistencia de un letrado para asegurar que el proceso se ajuste a derecho y maximizar las posibilidades de éxito en la impugnación.
¿Cuánto cuesta realizar la impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Málaga?
Se han solicitado 19 presupuestos de impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Málaga . El precio mínimo son 150€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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¿Te surgen más dudas sobre impugnación de acuerdos comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.