Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios
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¿Cómo obtener el impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Ourense?
Para plantear una impugnación, primero hay que asegurarse de cumplir con alguna de las causas estipuladas en la ley: que el acuerdo sea contrario a la ley o a los estatutos de la comunidad, que resulte lesivo para los intereses de la comunidad en beneficio de uno o varios propietarios, o que suponga un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo, o que se haya adoptado con abuso de derecho.
El proceso comienza con la presentación de un escrito ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde radique la finca, dirigido al secretario de la comunidad de propietarios, quien deberá ser notificado en un plazo de tres meses desde la fecha en que se tomó el acuerdo si el impugnante estaba presente en la reunión o fue debidamente notificado del acuerdo, o desde que tuvo conocimiento si es un ausente, todo ello dentro del año siguiente a la adopción del acuerdo impugnado. Es fundamental no haber votado a favor del acuerdo, ya que eso supondría la aceptación del mismo y la renuncia a impugnarlo.
En la demanda se deben detallar los motivos específicos por los que se impugna el acuerdo y se ha de adjuntar la documentación necesaria, como el acta de la reunión y cualquier otro documento que avale la posición del impugnante.
Además, es recomendable contar con la asesoría legal de un abogado especializado en propiedad horizontal y en derecho inmobiliario para guiar todo el proceso y aumentar las posibilidades de éxito en la impugnación del acuerdo comunitario.
¿Cuánto cuesta realizar la impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Ourense?
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- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.