Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios
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¿Cómo obtener el impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Palencia?
En primer lugar, es necesario que el propietario haya salvado su voto en la junta, si estuvo presente cuando se tomó el acuerdo. Si no estuvo presente, deberá impugnar el acuerdo sin necesidad de haber salvado su voto, siempre que no sea debido a su propia inacción. Además, los acuerdos que resulten gravemente lesivos para algún propietario que no tenga obligación legal de soportarlo, o que hayan sido adoptados con abuso de derecho, también son susceptibles de impugnación.
Una vez identificado un acuerdo impugnable, se dispone de un plazo de tres meses para acudir a la jurisdicción ordinaria, que es el plazo general para los acuerdos no contrarios al ordenamiento legal o a los estatutos pero que resultan perjudiciales. Para los acuerdos contrarios a la ley o a los estatutos, el plazo se amplía a un año. La demanda debe presentarse ante el juzgado de primera instancia de Palencia y es recomendable que sea redactada y presentada por un abogado especializado en derecho inmobiliario.
En la demanda, el propietario deberá argumentar por qué el acuerdo es impugnable, aportando las pruebas que considere oportunas. Si el juez estima la demanda, el acuerdo será anulado y dejará de tener efecto.
Es importante recordar que, durante el proceso de impugnación, el acuerdo sigue siendo válido y debe ser cumplido por todos los propietarios hasta que haya una resolución judicial que determine lo contrario. Por lo tanto, la impugnación no exime al propietario de cumplir con las obligaciones derivadas del acuerdo mientras este no sea anulado por un juez. Además, en caso de una impugnación sin fundamento, el propietario podría verse obligado a pagar las costas del proceso. Por tales motivos, es conveniente consultar con un experto en la materia antes de iniciar cualquier acción legal.
¿Cuánto cuesta realizar la impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Palencia?
Se han solicitado 3 presupuestos de impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Palencia . El precio mínimo son 150€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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¿Te surgen más dudas sobre impugnación de acuerdos comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.