Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios
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¿Cómo obtener el impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Salamanca?
En primer lugar, es necesario comprobar que se cumplen los requisitos establecidos por la ley para proceder con la impugnación. El propietario que quiera impugnar el acuerdo debe estar al corriente en el pago de todas las deudas vencidas con la comunidad o bien consignar las cantidades adeudadas. Asimismo, el acuerdo debe haberse adoptado en una junta de propietarios, y el interesado debe haberse opuesto al mismo, salvar su voto en la junta, o bien, haberse ausentado de la misma por cualquier causa justa.
Una vez asegurados los requisitos, el propietario que desee impugnar el acuerdo deberá dirigirse a la jurisdicción ordinaria, interponiendo la correspondiente demanda ante los Juzgados de Primera Instancia del lugar donde se sitúe la finca. El plazo para impugnar es de un año para acuerdos contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad, y de tres meses para aquellos que resulten gravemente lesivos para los intereses de la comunidad o que sean de una especial trascendencia para alguno de los propietarios.
La demanda de impugnación debe ir acompañada de la certificación del acuerdo emitida por el secretario de la comunidad con el visto bueno del presidente, así como cualquier otro documento que acredite que se han cumplido las formalidades necesarias y que el acuerdo impugnado es lesivo según los argumentos del demandante.
La correcta impugnación lleva un proceso legal preciso que puede requerir la asistencia de un abogado especializado en propiedad horizontal para garantizar su éxito. Cabe destacar que durante el tiempo que dure el proceso judicial, el acuerdo impugnado sigue siendo válido y ejecutable, a no ser que se solicite judicialmente la suspensión cautelar del mismo y el juez lo estime pertinente.
¿Cuánto cuesta realizar la impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Salamanca?
Se han solicitado 2 presupuestos de impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Salamanca . El precio mínimo son 150€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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¿Te surgen más dudas sobre impugnación de acuerdos comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.