Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios
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¿Cómo obtener el impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Segovia?
1. Revisión de legalidad: Antes de iniciar cualquier acción, asegúrate de que las bases de la impugnación son sólidas y que el acuerdo contraviene la legalidad, afecta exclusivamente a los intereses de uno o varios propietarios o es gravemente perjudicial para la comunidad.
2. Plazo de impugnación: Según el Artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal, los acuerdos de la junta de propietarios pueden ser impugnados por los propietarios que hayan salvado su voto en la junta, los ausentes por cualquier causa que justifique su no asistencia, y los que hayan sido privados ilegítimamente de su derecho de voto en un plazo de tres meses, contados desde la fecha de la junta. Para acuerdos que afecten a la modificación de las cuotas o a las normas contenidas en los estatutos, el plazo es de un año.
3. Notificación de desacuerdo: Es recomendable comunicar inmediatamente a la comunidad tu desacuerdo con el acuerdo, y hacer constar tu oposición, si estuviste presente en la junta, o tu desconocimiento si no asististe.
4. Vía judicial: Presentar una demanda en el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde se sitúe el inmueble. La demanda debe ser presentada mediante un procedimiento ordinario y estar firmada por un abogado y un procurador. Es importante recopilar todas las pruebas y documentación para respaldar tu caso.
5. Resolución judicial: El juez, tras todas las actuaciones procesales necesarias, dictará sentencia sobre la validez o no del acuerdo impugnado. Si la sentencia es favorable, el acuerdo quedará sin efecto o deberá ser modificado según lo estipulado por el juez.
Asimismo, es recomendable contar con asesoramiento legal profesional para llevar a cabo este proceso, ya que presenta complejidades jurídicas que necesitan de una correcta interpretación y aplicación de la ley.
¿Cuánto cuesta realizar la impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Segovia?
Se han solicitado 0 presupuestos de impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Segovia . El precio mínimo son 150€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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¿Te surgen más dudas sobre impugnación de acuerdos comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.