Licencia de apertura
en el municipio de San Cristóbal de La Laguna
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¿Cómo obtener la licencia municipal obligatoria en San Cristóbal de La Laguna?
El proceso de registro de la Licencia de Apertura comienza con la presentación de la solicitud correspondiente en el Área de Urbanismo del Ayuntamiento. En dicha solicitud, se deberán proporcionar todos los datos necesarios sobre el local, como su ubicación, tamaño y actividad comercial que se realizará. Además, se deberá presentar toda la documentación requerida, como planos del local, memoria técnica, certificado de viabilidad y seguro de responsabilidad civil, entre otros.
Una vez presentada la solicitud, los técnicos del Ayuntamiento realizarán una visita al local para comprobar que cumple con todos los requisitos establecidos por la normativa vigente. Si no se detectan irregularidades, se procederá a la concesión de la Licencia de Apertura. En caso contrario, se solicitarán las modificaciones necesarias para cumplir con la normativa.
En resumen, la obtención de la Licencia de Apertura en el municipio de San Cristóbal de La Laguna es un proceso riguroso que busca asegurar el correcto funcionamiento y la seguridad de los establecimientos comerciales. Es necesario cumplir con todas las condiciones y requisitos establecidos por el Ayuntamiento para obtener esta licencia y poder abrir un negocio en esta localidad.
¿Cuánto cuesta realizar la licencia de apertura en el municipio de San Cristóbal de La Laguna?
Se han solicitado 47 presupuestos de licencia de apertura en el municipio de San Cristóbal de La Laguna . El precio mínimo son 200€ y el precio máximo son 5600€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
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Licencia de actividad y licencia de apertura son nombres distintos en función de cada normativa municipal para un mismo hecho: autorizar el desarrollo de una actividad en un establecimiento.
- En caso de que se no se ejerza la actividad durante un período mínimo de un año.
- En caso de acumular sanciones municipales que acarreen el cese de actividad.
- En el caso de que, transcurridos más de seis meses desde la finalización de las obras o las instalaciones necesarias para la prestación de servicios o ejercicio de actividades para cuya implantación hubiese sido solicitado mediante licencia de obra, no se hubiese iniciado la actividad.
El coste de iniciar una apertura, que es el mismo que una actividad, depende de varios factores:
- El coste de la disponibilidad del local: compra o alquiler.
- El coste del proyecto o la memoria técnica, necesarios para la tramitación de la licencia de apertura en el Ayuntamiento. Ese importe depende del acuerdo entre el técnico y la persona que inicie la actividad.
- El coste de las tasas municipales, una administrativa por la tramitación, y, en caso de que haya que realizar reformas, el ICIO, que es el 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
No contar con la licencia de apertura o no realizar los trámites adecuados antes de iniciar una actividad puede resultar en sanciones administrativas y el probable cierre del local.
La solicitud de licencia de apertura, junto con el informe o proyecto técnico y toda la información adicional requerida, ha de ser entregada en el ayuntamiento de la localidad en la cual se quiere iniciar la actividad, y dentro de éste en el área urbanística, si la hubiera.
En la mayoría de municipios, también es posible gestionar este trámite de manera telemática.
La licencia de apertura no caduca con el tiempo, pero sí puede hacerlo si se modifican aspectos que conciernen a la actividad o al propio local donde se ejerce ésta.
Así, las situaciones más comunes a la hora de renovar una licencia de apertura son las siguientes:
- Cuando haya modificaciones en el local que afecten a su estructura, superficie total o distribución.
- Cuando haya un cambio en la actividad por la que se obtuvo la licencia de apertura.
- Cuando se traspase la actividad de un local a otro.