Segregación de fincas
en el municipio de Gijón/Xixón
- Home
- Segregación de fincas
- Principado de Asturias
- Segregación de fincas en Asturias
- Segregación de fincas en la comunidad de Principado de Asturias
¿Cómo obtener la segregación de parcela urbana en Gijón/Xixón?
El primer paso es solicitar un estudio topográfico del terreno, documento esencial que proporciona una representación gráfica y detallada de la propiedad. Este estudio permitirá definir claramente los límites y características de la finca a segregar. Posteriormente, el técnico elaborará un proyecto de segregación que debe ser aprobado por el Ayuntamiento de Gijón/Xixón.
Una vez obtenido el visto bueno municipal, el siguiente paso es inscribir la nueva unidad de finca en el Registro de la Propiedad, trámite que se realiza ante un notario. Este procedimiento garantiza que la segregación es reconocida oficialmente.
Para agilizar todo el proceso, es recomendable contar con profesionales con experiencia en el municipio de Gijón/Xixón, quienes te guiarán en cada etapa y asegurarán que todo se realice de manera correcta y eficiente.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de fincas en el municipio de Gijón/Xixón?
Se han solicitado 17 presupuestos de segregación de fincas en el municipio de Gijón/Xixón . El precio mínimo son 500€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Segregación de fincas con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
y obtén el mejor precio.
· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de fincas? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias