Constitución de comunidad de propietarios
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¿Cómo obtener el constitución de comunidad de propietarios en Cataluña?
El primer paso es comunicar el problema a la persona encargada de la administración de la comunidad, que puede ser el presidente de la comunidad o el administrador de fincas. Esta comunicación debe realizarse preferentemente por escrito, a través de una carta o correo electrónico, detallando la naturaleza de la reclamación y solicitando una solución en un plazo razonable.
Si este intento de acuerdo no ofrece resultados, puede presentarse la reclamación formalmente en una junta de propietarios. Para ello, se debe solicitar al presidente que incluya el asunto en el orden del día de la próxima reunión. Durante la junta, se debe exponer la queja de manera clara y constructiva, buscando el apoyo de los demás propietarios.
En caso de que la junta de propietarios no resuelva la reclamación satisfactoriamente, el siguiente paso sería acudir a la vía de mediación o arbitraje. Cataluña dispone de servicios de mediación que ayudan a resolver conflictos sin necesidad de llegar a los tribunales, buscando siempre un acuerdo amistoso entre las partes.
Si aún así no se alcanza una resolución, queda la posibilidad de iniciar acciones legales a través de los tribunales. Para esto se aconseja la contratación de un abogado especializado en propiedad horizontal, que podrá guiar al propietario en el proceso de presentar una demanda, siempre respetando los plazos y procedimientos legales establecidos por la Ley de Propiedad Horizontal y la legislación autonómica catalana.
¿Cuánto cuesta realizar la constitución de comunidad de propietarios en Cataluña?
Se han solicitado 138 presupuestos de constitución de comunidad de propietarios en la comunidad autónoma de Cataluña . El precio mínimo son 100€ y el precio máximo son 300€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Constitución de comunidad de propietarios con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre constitución de comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- La comunicación de la convocatoria de la junta para constituir la comunidad.
- La celebración de la Junta de Constitución de la Comunidad donde se expresará que se constituyen en comunidad.
- El nombramiento de los cargos de presidente, vicepresidente y administrador.
- Adquisición y diligencia del Libro de Actas.
- Obtención del Código de Identificación Fiscal (CIF).
- Obtención de la documentación del promotor o constructor.
- Descripción del edificio en su conjunto.
- Descripción de cada vivienda o local.
- Cuota de participación de cada vivienda o local.
- Determinación de la cuota de participación de cada vivienda o local, la cual se determinará a partir de la superficie útil de cada vivienda o local en relación con el total del edificio, el emplazamiento interior o exterior, la situación dentro del edificio.
- El uso y destino del edificio, de cada uno de los pisos o locales y de las instalaciones y servicios comunes.
- La distribución de los gastos comunes.
- La administración y gobierno de la Comunidad.
- Las normas sobre seguros, conservación y reparación del edificio.
- Los estatutos solo obligaran a los propietarios inscritos en el Registro de la Propiedad.
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.