Constitución de comunidad de propietarios
en Tarragona
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¿Cómo obtener el constitución de comunidad de propietarios en Tarragona?
Una vez que se ha establecido la causa, es recomendable intentar una solución amistosa. Esto implica hablar con la persona o entidad causante del problema para buscar una resolución satisfactoria para ambas partes. Si esto no prospera, el siguiente paso es llevar la reclamación ante el presidente de la comunidad o el administrador de la finca. Para ello, se debe redactar un escrito detallando la queja y las posibles soluciones que se proponen.
Si esta instancia no resuelve la situación, es posible convocar una junta de propietarios. En la junta, se presentará la reclamación de forma oficial y se votará para tomar una decisión. Es importante que se recojan todos los acuerdos por escrito y según lo establecido en los estatutos de la comunidad.
Si después de la junta no se obtiene una solución, o si la queja tiene que ver con algo fuera de la competencia de la comunidad, se puede acudir a los organismos externos. Esto incluye, por ejemplo, el Colegio de Administradores de Fincas, el Ayuntamiento o incluso los tribunales de justicia.
En cualquier caso, es aconsejable tener todos los documentos y comunicaciones relacionadas con la reclamación, así como buscar asesoramiento legal para conocer en detalle los derechos y las opciones disponibles según la ley de propiedad horizontal y las normativas locales de Tarragona.
¿Cuánto cuesta realizar la constitución de comunidad de propietarios en Tarragona?
Se han solicitado 15 presupuestos de constitución de comunidad de propietarios en Tarragona . El precio mínimo son 100€ y el precio máximo son 300€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre constitución de comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- La comunicación de la convocatoria de la junta para constituir la comunidad.
- La celebración de la Junta de Constitución de la Comunidad donde se expresará que se constituyen en comunidad.
- El nombramiento de los cargos de presidente, vicepresidente y administrador.
- Adquisición y diligencia del Libro de Actas.
- Obtención del Código de Identificación Fiscal (CIF).
- Obtención de la documentación del promotor o constructor.
- Descripción del edificio en su conjunto.
- Descripción de cada vivienda o local.
- Cuota de participación de cada vivienda o local.
- Determinación de la cuota de participación de cada vivienda o local, la cual se determinará a partir de la superficie útil de cada vivienda o local en relación con el total del edificio, el emplazamiento interior o exterior, la situación dentro del edificio.
- El uso y destino del edificio, de cada uno de los pisos o locales y de las instalaciones y servicios comunes.
- La distribución de los gastos comunes.
- La administración y gobierno de la Comunidad.
- Las normas sobre seguros, conservación y reparación del edificio.
- Los estatutos solo obligaran a los propietarios inscritos en el Registro de la Propiedad.
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.