Constitución de comunidad de propietarios
en Galicia
- Home
- Constitución de comunidad de propietarios
- Constitución de comunidad de propietarios en la comunidad de Galicia
¿Cómo obtener el constitución de comunidad de propietarios en Galicia?
En primer lugar, es importante asegurarse de que el asunto por el que se quiere reclamar cae bajo la responsabilidad de la comunidad de propietarios, según lo establecido en los estatutos de la propia comunidad o en la Ley de Propiedad Horizontal española. Esto puede incluir asuntos relacionados con áreas comunes, mantenimiento del edificio, ruidos molestos, o problemas con la toma de decisiones por parte de la junta de propietarios.
Una vez identificado el asunto, se recomienda expresar la queja o reclamación de manera formal. Esto se puede hacer en una reunión de la comunidad, solicitando que el tema sea incluido en el orden del día para su discusión y posterior votación. Si no se llega a una solución en la reunión, o si consideras que tus derechos han sido vulnerados, puedes redactar un escrito de reclamación dirigido al presidente de la comunidad o al administrador.
Si esta vía no funciona o la respuesta no es satisfactoria, es posible acudir a la vía de mediación o arbitraje, si la comunidad dispone de estos mecanismos. De lo contrario, o si la disputa persiste tras la mediación, se puede presentar la reclamación ante los tribunales competentes.
Será fundamental contar con toda la documentación pertinente que fundamente la reclamación, como los estatutos de la comunidad, las actas de las reuniones, comunicaciones previas y cualquier otro documento relevante.
Por último, no olvides que siempre puedes buscar asesoramiento legal con un abogado especializado en propiedad horizontal y legislación de comunidades de propietarios, para que te guíe a lo largo de todo el proceso y maximice las posibilidades de obtener un desenlace favorable en tu reclamación.
¿Cuánto cuesta realizar la constitución de comunidad de propietarios en Galicia?
Se han solicitado 23 presupuestos de constitución de comunidad de propietarios en la comunidad autónoma de Galicia . El precio mínimo son 100€ y el precio máximo son 300€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Constitución de comunidad de propietarios con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
y obtén el mejor precio.
· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre constitución de comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- La comunicación de la convocatoria de la junta para constituir la comunidad.
- La celebración de la Junta de Constitución de la Comunidad donde se expresará que se constituyen en comunidad.
- El nombramiento de los cargos de presidente, vicepresidente y administrador.
- Adquisición y diligencia del Libro de Actas.
- Obtención del Código de Identificación Fiscal (CIF).
- Obtención de la documentación del promotor o constructor.
- Descripción del edificio en su conjunto.
- Descripción de cada vivienda o local.
- Cuota de participación de cada vivienda o local.
- Determinación de la cuota de participación de cada vivienda o local, la cual se determinará a partir de la superficie útil de cada vivienda o local en relación con el total del edificio, el emplazamiento interior o exterior, la situación dentro del edificio.
- El uso y destino del edificio, de cada uno de los pisos o locales y de las instalaciones y servicios comunes.
- La distribución de los gastos comunes.
- La administración y gobierno de la Comunidad.
- Las normas sobre seguros, conservación y reparación del edificio.
- Los estatutos solo obligaran a los propietarios inscritos en el Registro de la Propiedad.
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.