Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios
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¿Cómo obtener el impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Extremadura?
Es fundamental saber que existe un plazo para la impugnación de acuerdos: tres meses desde la adopción del acuerdo por la Junta de Propietarios para aquellos actos que contravengan la ley o los estatutos, y un año si el acuerdo resulta gravemente lesivo para la comunidad pero es conforme a la ley y estatutos. Para acuerdos nulos de pleno derecho, el plazo es indefinido.
Para iniciar la impugnación, se debe presentar una demanda ante el tribunal competente, que en este caso será el Juzgado de Primera Instancia de la localidad donde se ubique la finca. La demanda debe ir acompañada de una copia del acta de la reunión, documentación acreditativa como propietario, y en su caso, la acreditación de estar al corriente de pago, o en su defecto, justificar la impugnación de cuotas. Será también imprescindible especificar los motivos por los cuales se considera que el acuerdo es impugnable, aportando los argumentos y pruebas pertinentes.
Es aconsejable buscar asesoramiento legal especializado en propiedad horizontal para la redacción y presentación de la demanda, debido a la complejidad que puede entrañar este proceso y para asegurar que se cumplen todos los requisitos legales y se maximizan las posibilidades de éxito en la impugnación.
¿Cuánto cuesta realizar la impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Extremadura?
Se han solicitado 5 presupuestos de impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en la comunidad autónoma de Extremadura . El precio mínimo son 150€ y el precio máximo son 1500€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre impugnación de acuerdos comunidad de propietarios? Nosotros te las resolvemos
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.