Impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Badajoz
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¿Cómo obtener el impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Badajoz?
Primero, es necesario identificar si eres propietario de un inmueble en la comunidad y si estás al corriente en las cuotas de la comunidad, ya que solo así podrás impugnar un acuerdo. Además, el acuerdo debe ser contrario a la ley o a los estatutos, perjudicial para la comunidad o a alguno de los propietarios, o haberse adoptado con abuso de derecho.
Si cumples con los criterios anteriores, deberás notificar tu intención de impugnar a la comunidad, preferiblemente a través de un burofax para que quede constancia escrita, indicando los puntos específicos del acuerdo que deseas impugnar y las razones para ello.
Posteriormente, tendrás un plazo de tres meses desde la adopción del acuerdo, o un año si el acuerdo es contrario a la ley o a los estatutos, para presentar una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar donde se halle la finca. Para este proceso es recomendable contar con los servicios de un abogado especializado en propiedad horizontal.
La demanda debe ir acompañada de todas las pruebas pertinentes que justifiquen la impugnación: el acta de la junta, un resumen de los hechos y las disposiciones legales o estatutarias que se consideren infringidas. La comunidad de propietarios, a través de su presidente, será la parte demandada.
Finalmente, corresponderá al juez, tras el proceso judicial correspondiente, determinar si el acuerdo impugnado debe ser anulado o confirmado en base a las pruebas y argumentos presentados por ambas partes.
¿Cuánto cuesta realizar la impugnación de acuerdos comunidad de propietarios en Badajoz?
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- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.