Licencia de primera ocupación en el municipio de San Cristóbal de La Laguna
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¿Cómo obtener la cédula de primera ocupación en San Cristóbal de La Laguna?
En primer lugar, es fundamental que la edificación haya sido finalizada y que cumpla con todo lo establecido en el proyecto aprobado por el Ayuntamiento. Una vez se haya comprobado que la construcción está acabada, se debe presentar una solicitud de Licencia de Primera Ocupación en el Ayuntamiento. Esta solicitud irá acompañada de la documentación necesaria, como el certificado final de obra, el certificado de eficiencia energética, los planos definitivos de la edificación, entre otros.
Una vez presentada la solicitud, el Ayuntamiento llevará a cabo una inspección de la vivienda para comprobar que cumple con todos los requisitos necesarios. Si todo está en orden, se procederá a la emisión de la Licencia de Primera Ocupación. Este documento es imprescindible para poder contratar los suministros de agua, electricidad y gas, así como para poder empadronarse en la vivienda.
En resumen, el proceso para obtener la Licencia de Primera Ocupación en San Cristóbal de La Laguna es relativamente sencillo pero es importante cumplir con todos los requisitos y estar al tanto de la normativa municipal vigente en cada momento. Una vez obtenida la licencia, se podrá disfrutar de la vivienda con total tranquilidad y seguridad.
¿Cuánto cuesta realizar la licencia de primera ocupación en el municipio de San Cristóbal de La Laguna?
Se han solicitado 15 presupuestos de licencia de primera ocupación en el municipio de San Cristóbal de La Laguna . El precio mínimo son 900€ y el precio máximo son 3000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre licencia de primera ocupación? Nosotros te las resolvemos
- Certificado original de final de obra, expedido por los técnicos directores de la misma, visado por sus respectivos Colegios Oficiales.
- Copia del acta de recepción definitiva de obras, excepto en el caso de viviendas unifamiliares.
- Boletín de telecomunicación y Protocolo de Pruebas (Instalación de telecomunicaciones).
- Informe de las empresas suministradoras sobre estado de acoples y conexiones.
- Copia de Licencia de obra mayor.
- Abono de las tasas administrativas.
- Certificados técnicos y de la empresa instaladora del cumplimiento de la normativa contra incendios.
- Certificados de instalación eléctrica de baja tensión de zonas y servicios comunes y acometida de la edificación.