Segregación de fincas en el municipio de Villaobispo de Otero
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¿Cómo obtener la segregación de parcela urbana en Villaobispo de Otero?
Primero, es imprescindible contar con los servicios de un técnico especializado en urbanismo y catastro. Este profesional realizará un estudio detallado de la finca para asegurar que cumple con todas las normativas vigentes en Villaobispo de Otero. Identificará las características del terreno, las posibles limitaciones y los requisitos legales.
Una vez realizado el estudio, el técnico procederá a elaborar un proyecto de segregación. Este documento incluirá planos exactos y la descripción de las parcelas resultantes. Con el proyecto en mano, deberás presentarlo ante el Ayuntamiento de Villaobispo de Otero para obtener la correspondiente licencia de segregación.
El Ayuntamiento revisará la documentación y realizará las inspecciones necesarias. Si todo está en orden, otorgarán la licencia, permitiéndote proceder con la operación.
Finalmente, es fundamental inscribir la nueva segregación en el Registro de la Propiedad para que las nuevas fincas queden legalmente constituidas.
Con el asesoramiento adecuado, obtendrás tu segregación de fincas en Villaobispo de Otero de manera sencilla y rápida.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de fincas en el municipio de Villaobispo de Otero?
Se han solicitado 1 presupuestos de segregación de fincas en el municipio de Villaobispo de Otero . El precio mínimo son 500€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Segregación de fincas con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de fincas? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias