Segregación de fincas
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¿Cómo obtener la segregación de parcela urbana en Zaragoza?
En primer lugar, contacta con un técnico cualificado que pueda asesorarte. Este profesional realizará un estudio preliminar de la finca y te informará sobre la viabilidad del proyecto, teniendo en cuenta la normativa local. A continuación, el técnico elaborará un proyecto de segregación que incluirá planos detallados, mediciones y la justificación técnica necesaria.
Una vez preparado el proyecto, será necesario presentarlo en el Ayuntamiento de Zaragoza o en el organismo competente para obtener las licencias y autorizaciones requeridas. El técnico se encargará de gestionar todos los trámites y de presentar la documentación necesaria.
Finalmente, tras la aprobación del proyecto, se procederá a la inscripción de la nueva finca o fincas en el Registro de la Propiedad. Este paso es fundamental para que la segregación sea plenamente efectiva y esté reconocida legalmente.
Contar con un técnico en Zaragoza te permitirá obtener una segregación de fincas de manera rápida y eficiente, asegurando el cumplimiento de todas las normativas y evitando posibles contratiempos.
¿Cuánto cuesta realizar la segregación de fincas en Zaragoza?
Se han solicitado 59 presupuestos de segregación de fincas en Zaragoza . El precio mínimo son 500€ y el precio máximo son 2000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Segregación de fincas con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
y obtén el mejor precio.
· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre segregación de fincas? Nosotros te las resolvemos
- Encargar un proyecto de segregación de fincas a un técnico competente
- Solicitar la licencia en el ayuntamiento, o declaración de innecesariedad
- Hacer la escritura en el notario
- Inscribir la nueva finca en el Registro de la Propiedad, que lo puede hacer la propia notaría
- “Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo”.
- Ley del Suelo autonómica correspondiente, además de la Ley del Suelo 8/2007, de carácter estatal.
- Planeamiento municipal vigente: Plan General de Ordenación Municipal o Normas Subsidiarias