Autorización de vertidos
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¿Cómo obtener el autorización de vertidos en Cantabria?
El primer paso para obtener dicha autorización es realizar una evaluación detallada del tipo de vertido y su impacto ambiental. Un técnico especializado será capaz de analizar y documentar adecuadamente esta información. Posteriormente, se deberá preparar la documentación requerida por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, que incluye un proyecto detallado del sistema de vertido y las medidas correctoras para minimizar el impacto ambiental.
El técnico se encargará de presentar toda la documentación en el organismo competente. Esto incluye informes técnicos, análisis de calidad de aguas, y cualquier otro requerimiento específico de la administración local. Una vez presentado, es posible que se soliciten correcciones o información adicional, para lo cual la experiencia del técnico será invaluable.
Finalmente, tras la revisión y validación de la documentación, la entidad emite la Autorización de vertidos. Este permiso te permitirá gestionar de manera legal y sostenible los vertidos en la región de Cantabria, garantizando el cumplimiento de todas las normativas medioambientales vigentes.
¿Cuánto cuesta realizar la autorización de vertidos en Cantabria?
Se han solicitado 5 presupuestos de autorización de vertidos en Cantabria . El precio mínimo son 1200€ y el precio máximo son 3000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Autorización de vertidos con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre autorización de vertidos? Nosotros te las resolvemos
- Estimado del proyecto: de uno a tres meses.
- Informe previo: seis meses.
- Información pública: 30 días.
- Resolución: máximo de un año.
- Vigencia: Plazo máximo de 5 años, con carácter general, y 8 años, en caso de Autorización Ambiental Integrada.
- Vertidos de naturaleza urbana o asimilable.
- Procedentes de núcleos aislados de población
- Con carga contaminante inferior a 250 habitantes-equivalentes, antes de depuración
- Sin posibilidad de formar parte de una aglomeración urbana según la normativa de tratamiento de aguas residuales.
- Solicitud de Vertido.
- Informes ambientales previos.
- Memoria sobre la actividad que incluya:
- consumo de agua
- descripción de la actividad industrial
- materias primas y productos finales
- plano/esquema acotado de la red de saneamiento interna y del proceso industrial
- resumen de los resultados de autocontrol (en caso de renovación de la Autorización)
- registros de vertidos, pretratamiento
- caracterización del vertido al sistema integral de saneamiento.
- Texto refundido de la Ley de Aguas
- Plan hidrológico nacional
- Ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas
- Reglamento de planificación hidrológica.
- Ley de residuos y suelos contaminados
- Normativa municipal y autonómica que regula los trámites administrativos.