Autorización de vertidos
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¿Cómo obtener el autorización de vertidos en Granada?
El técnico evaluará el tipo de vertido y las normativas aplicables en Granada, ya que existen diferentes regulaciones dependiendo del tipo de residuos que se desean verter y del lugar donde se deseen efectuar los vertidos. Posteriormente, se elaborará un informe técnico detallado, que incluirá el análisis del impacto ambiental y las medidas correctoras que se implementarán para minimizar cualquier efecto negativo.
Una vez preparado el informe, el técnico presentará la solicitud de Autorización de vertidos ante la autoridad competente, generalmente la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir o el organismo correspondiente en Andalucía. Será necesario adjuntar toda la documentación, incluyendo planos, análisis de calidad del agua, y cualquier otro requisito específico.
El proceso puede tardar varios meses, ya que las autoridades deben evaluar minuciosamente la solicitud. Cumplir con las normativas es crucial para evitar sanciones y garantizar una gestión responsable del medio ambiente en la provincia de Granada. Contar con un técnico te asegura cumplir todos los requisitos legales y facilitar el proceso de obtener la Autorización de vertidos.
¿Cuánto cuesta realizar la autorización de vertidos en Granada?
Se han solicitado 11 presupuestos de autorización de vertidos en Granada . El precio mínimo son 1200€ y el precio máximo son 3000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
· En Certicalia siempre te indicamos el precio total
del Autorización de vertidos con el IVA y las tasas
administrativas. Nuestros precios lo llevan todo incluido.
· Cada técnico estipula sus honorarios por el servicio. Pide presupuesto sin compromiso
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre autorización de vertidos? Nosotros te las resolvemos
- Estimado del proyecto: de uno a tres meses.
- Informe previo: seis meses.
- Información pública: 30 días.
- Resolución: máximo de un año.
- Vigencia: Plazo máximo de 5 años, con carácter general, y 8 años, en caso de Autorización Ambiental Integrada.
- Vertidos de naturaleza urbana o asimilable.
- Procedentes de núcleos aislados de población
- Con carga contaminante inferior a 250 habitantes-equivalentes, antes de depuración
- Sin posibilidad de formar parte de una aglomeración urbana según la normativa de tratamiento de aguas residuales.
- Solicitud de Vertido.
- Informes ambientales previos.
- Memoria sobre la actividad que incluya:
- consumo de agua
- descripción de la actividad industrial
- materias primas y productos finales
- plano/esquema acotado de la red de saneamiento interna y del proceso industrial
- resumen de los resultados de autocontrol (en caso de renovación de la Autorización)
- registros de vertidos, pretratamiento
- caracterización del vertido al sistema integral de saneamiento.
- Texto refundido de la Ley de Aguas
- Plan hidrológico nacional
- Ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas
- Reglamento de planificación hidrológica.
- Ley de residuos y suelos contaminados
- Normativa municipal y autonómica que regula los trámites administrativos.