Si eres agente inmobiliario debes saber que todos los anuncios de inmuebles en venta o alquiler que muestres en tus escaparates, folletos o portales on-line deben contar con su certificado energético y mostrar siempre la etiqueta energética.

Sobre dónde colocar la etiqueta energética puedes encontrar más información en le post " La calificación energética de edificios, cuando y como mostrarla ".
Muchas veces los clientes desconocen la normativa y les cuesta entender esta nueva obligación. Estos son los cuatro conceptos básicos que todo propietario debe conocer cuando pone a la venta o en alquiler su inmueble.

QUÉ ES LA ETIQUETA ENERGÉTICA

Es la etiqueta que muestra, en una escala de la A a la G, el grado de eficiencia energética de un inmueble. Para obtener esta etiqueta un técnico certificador debe visitar el inmueble y realizar un informe: el certificado energético. Después este informe debe ser presentado ante el registro autonómico correspondiente, que emitirá un numero de registro y la etiqueta.

CUÁNDO  NECESITO LA ETIQUETA ENERGÉTICA

La etiqueta energética es obligatoria para poner un inmueble en venta o alquiler. La normativa obliga a disponer de la etiqueta desde el momento en que un inmueble se anuncia en venta o alquiler. No basta con indicar que el certificado está "en trámite" se debe indicar la calificación obtenida en el certificado.

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CÓMO DEBO MOSTRARLA

La etiqueta energética debe estar a disposición de todo interesado en la compra o alquiler del inmueble. Debe aparecer en los anuncios en los portales online y en los escaparates y catálogos de las agencias inmobiliarias.

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CUÁLES SON LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO

El propietario es el responsable de contar con esta etiqueta energética y será sancionado en caso de incumplir la normativa establecida por el Real Decreto 235/2013. Aunque ya se ha dado el caso de sanciones a las agencias inmobiliarias que no muestran la etiqueta energética de sus inmuebles en venta o alquiler. Las infracciones en materia de certificación energética serán sancionadas con multas que van desde los 300€ hasta los 6000€.

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