En la actualidad la instalación de unidades de aire acondicionado es el orden del día especialmente para poder cumplir con el Código Técnico de Edificación en especial el documento DB-HE Ahorro de energía y el RITE en el caso de que la unidad de aire utilice la tecnología de aerotérmia para la obtención de agua caliente sanitaria a la misma vez que nos proporciona la climatización de la vivienda.
También tendremos que distinguir entre un inmueble que esté afectado por la ley de división horizontal como podría ser una vivienda dentro de un bloque de pisos y los que por su naturaleza no están afectados por esta Ley como podrían ser la viviendas unifamiliares aisladas.
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Los lugares más comunes para su instalación son la azotea o terraza exterior del edificio y también en la fachada exterior de la misma vivienda.
Hoy en día también existen unidades de aire de frio y calor que se pueden instalar dentro de la vivienda en un falso techo solamente necesita una entrada de aire del exterior con acceso desde la fachada.
Instalación de aire acondicionado en la azotea del edificio y otras zonas comunitarias de pisos
Acorde con la Ley de división horizontal en el Capitulo II, artículo 7 de modificación de elementos comunes y privativos de dicha ley y sus posteriores modificaciones, nos dice que el propietario del inmueble podrá modificar instalaciones y otros elementos que configuran el edificio, en el caso de que no se altere negativamente su estructura general ni la seguridad de este.
La instalación del aire acondicionado también queda supeditado a que el estado exterior del edifico no quede alterado significativamente o perjudique los derechos de otro propietario y siempre se tiene que dar cuenta de las obras a realizar al representante de la comunidad o al administrador.
El presidente de la comunidad o administrador tendrá que dar comunicación en junta de la comunidad de vecinos y su posterior aprobación para poder dar permiso de ejecución de las pertinentes obras para la instalación del aire acondicionado.
Excepciones en las que se puede instalar el aire acondicionado sin permiso expreso de la comunidad
A pesar de que la instalación de este tipo de unidades puedan producir muchas molestias tales como ruido, calor, emisiones y problemas estéticos, se puede dar el caso en que esté expresamente permitido en los estatutos de la comunidad de vecinos.
También se puede dar el caso en el que la instalación necesaria para el funcionamiento del equipo de aire acondicionado esté ya instalada y por lo tanto no necesite de ningún tipo de obras de instalación.
En estos casos también queda supeditado a la comunicación previa al presidente o administrador de la comunidad antes de iniciar cualquier trabajo de instalación de la unidad de aire.
Lo aconsejable en todos los casos es dar comunicación previa a la comunidad de vecinos y también informarse de que normas urbanísticas, subsidiarias o particulares hay en el ayuntamiento de la localidad donde esté el inmueble, podría ser que el edificio tuviera algún tipo de protección por ser un edificio de características singulares o especiales. Y no comenzar ningún tipo de trabajo de instalación sin tener antes la autorización anteriormente mencionada.
Una vez realizada la instalación con su proyecto correspondiente tendremos que realizar el boletín de instalación de aire acondicionado, que será el documento que deberemos guardar como acreditación de la correcta instalación.