Ya ha arrancado la campaña de la renta 2020-2021. Un año más nos toca ponernos con el borrador para ver si nos sale a devolver o a pagar. Y hoy te contamos todas las novedades de la renta 2020-2021.

Además de las típicas dudas sobre si tengo la obligación de declarar, qué deducciones hay, cómo puedo presentar la declaración… Este año hay que sumar la incertidumbre causada por los ERTEs. Si quieres estar al tanto, ¡sigue leyendo!

Fechas clave de la renta 2020-2021

La campaña de la renta 2020-2021 arrancó el 7 de abril y el plazo para presentar la declaración finaliza el 30 de junio.

Vía telefónica / presencial

El 7 de abril se abrió el plazo para presentarla por internet. Si quieres hacerlo por teléfono, el 4 de mayo comienza el plazo para pedir cita y el día 6 se puede empezar a presentar telefónicamente.

Si prefieres hacerlo de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, el 27 de mayo se abre la opción de pedir cita previa. Y el 2 de junio se puede empezar a presentar la declaración de forma presencial.

Cuidado con dejar la declaración para el último momento porque el 25 de junio acaba el plazo para aquellas declaraciones con domiciliación bancaria y resultado a ingresar.

Los ERTEs y la declaración de la renta 2020-2021

Una de las principales novedades de la campaña de la renta de este año es que muchos trabajadores que estuvieron en un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) se están viendo obligados a declarar, cuando antes no tenían obligación de hacerlo.

La crisis del Covid-19 provocó que millones de trabajadores tuvieran que verse inmersos en un ERTE. Esa prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuenta como un segundo pagador, lo que tiene su influencia en la declaración de la renta de este año.

¿Cómo afecta haber estado en ERTE para la renta 2020-2021?

Si un contribuyente ha obtenido durante el ejercicio 2020 rendimientos de trabajo de dos pagadores distintos (el SEPE cuenta como un segundo pagador), los límites para tener la obligación de presentar la declaración son los siguientes:

  • Si el importe percibido del segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros, el límite está en 14.000 euros.
  • Si el importe percibido del segundo y restantes pagadores no supera los 1.500 euros, el límite para estar obligado a presentar la declaración está en 22.000 euros.

¿Qué significa esto? Que trabajadores que habitualmente no tenían que presentar la declaración por no llegar al límite de los 22.000 euros, ahora van a verse obligados a declarar al haber estado en ERTE durante varios meses, si cobraron del SEPE una cantidad igual o superior a 1.500 euros.

Ejemplo de cómo afectan los ERTE en la renta 2020

Pongamos un ejemplo práctico: un contribuyente ha estado afectado por un ERTE desde marzo a junio de 2020, habiendo cobrado del SEPE una superior a 1.500 euros. Durante el resto del año ha percibido rendimiento de su empresa por un importe de 16.000 euros. Si no hubiera estado en ERTE, no tendría que haber presentado la declaración al no superar el límite de los 22.000 euros. Pero al haber tenido un segundo pagador (SEPE), del cual ha cobrado más de 1.500 euros, el límite baja a 14.000 euros, por lo que tiene la obligación de declarar.

El problema en estos casos es que la Administración prácticamente no ha realizado retenciones sobre los pagos realizados ya que no llegaban a los mínimos.

La Agencia Tributaria estima que hay 327.000 contribuyentes afectados por ERTE que han pasado a estar obligados a declarar por este motivo. La AEAT ya ha comenzado un envío de cartas informativas a estos contribuyentes para evitar que, por desconocimiento, no presenten la declaración.

¿Y si el SEPE me pagó de más?

Si el SEPE ya está en vías de regularizar la situación, lo comunicará a la Agencia Tributaria y en el borrador se informará de los dos importes: el inicialmente abonado por el SEPE, por una parte; y el de la devolución realizada o pendiente de realizar por parte del contribuyente, por otro.

Si el SEPE todavía no ha iniciado la regularización, comunicará a la Agencia Tributaria que ha detectado cuantías indebidamente percibidas y ésta, a su vez, advertirá en el borrador de que existe una cantidad pendiente de devolución al SEPE. El error aparecerá en el apartado correspondiente a cuantías indebidamente percibidas por ERT. Pero hay que tener en cuenta que no se concretará el importe, ya que a Hacienda aún no le consta la cuantía.

Las madres en ERTE pierden la deducción

Las madres con hijos menores de tres años que realizan una actividad económica pueden tener una deducción de hasta 1.200 euros al año. Sin embargo, aquellas madres que hayan estado en ERTE de suspensión no tendrán derecho a esta deducción. Sí podrán beneficiarse aquellas madres que hayan pasado por un ERTE de reducción de jornada o a tiempo parcial.

El Ingreso Mínimo Vital (IMV)

En cuanto al Ingreso Mínimo Vital, están obligados a declarar el IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos. En total, ya hay más de 450.000 personas que han percibido el IMV aprobado por el Ejecutivo el año pasado.

Nuevos tramos del IRPF: ¿Afectan a la renta 2020-2021?

Hasta el año pasado, existían cinco tramos en la escala de gravamen que se aplica a la base liquidable general. Con la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado de 2021, se incluyó un sexto tramo. Este nuevo tramo afecta a las rentas superiores a los 300.000 euros, a las que se les aplica un tipo general del 47% (afecta al 0,07% de los contribuyentes).

Dado que fue un acuerdo en los Presupuestos pactados a finales de 2020, este nuevo tramo no se aplicará hasta la declaración del próximo año (2021-2022). Es decir, gravará las rentas que se coticen durante 2021, pero no tiene efecto sobre la campaña que comenzó el pasado 7 de abril.

¿Por qué contar con un profesional para hacer la declaración de la renta?

Con todas estas novedades, está claro que se presenta una campaña de la declaración de la renta un tanto distinta. Si has estado en ERTE, seguro que el borrador de la renta está siendo un dolor de cabeza. Y más si encima es el primer año que te toca hacerlo.

Por eso, contar con profesionales que saben qué deducciones aplicar puede resultarte de gran ayuda. Si quieres asegurarte el menor coste fiscal, confía tu declaración a asesores fiscales. Aquí puedes encontrar más información sobre cómo podemos ayudarte con la declaración de la renta.

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